¿Qué criterios se aplican para la evaluación del componente de investigación y transferencia del conocimiento?
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Actualizada Sep 16, 2024
Los componentes de investigación y transferencia del conocimiento se evaluarán en función de la actividad investigadora y de transferencia desarrollada, tomando como referencia los sexenios completos evaluados favorablemente.
- Para el personal docente e investigador perteneciente a los cuerpos docentes universitarios, así como para el Profesorado Permanente Laboral y el profesorado colaborador, se tomará como referencia su actividad de investigación y transferencia del conocimiento vinculada a los sexenios completos evaluados favorablemente.
- El profesorado ayudante doctor y el personal investigador doctor contratado podrá someter a evaluación tantos periodos de seis años como considere.
- Al profesorado asociado y al profesorado sustituto, únicamente se les evaluará su actividad vinculada con el componente de docencia, no sometiendo a evaluación méritos individuales por su actividad vinculada con los componentes de investigación, de transferencia e intercambio del conocimiento e innovación, y de gestión.