Preguntas frecuentes sobre Complementos Autonómicos (ACCUA)


¿Cómo se evalúan los méritos del profesorado ayudante doctor y el personal investigador doctor contratado?

188 consultas   |   Actualizada Sep 16, 2024   

 

El profesorado ayudante doctor y el personal investigador doctor contratado podrá someter a evaluación tantos periodos de seis años como considere, atendiendo a los siguientes requisitos:

  • Deberá determinar en su solicitud el periodo o los periodos de seis años que somete a evaluación.
  • En cada período, los años que sometan a evaluación deberán estar ordenados de forma creciente, no siendo necesario que sean años consecutivos.
  • Para cada periodo de seis años sometido a evaluación, se deben indicar cinco aportaciones de alguno o algunos de los años incluidos en el periodo.
  • Solo podrá someterse a evaluación la actividad investigadora y de transferencia realizada con posterioridad a la obtención de la licenciatura o grado, acreditada con un contrato de contenido científico o con un nombramiento en un centro de investigación, español o extranjero, la investigación o transferencia del conocimiento realizada en universidades legalmente reconocidas, así como la llevada a cabo en hospitales públicos y demás entidades del Sistema Nacional de Salud.
  • Los criterios de evaluación tomarán como base el procedimiento general de evaluación de méritos previsto en la Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de  Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora y la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.