538 consultas | Actualizada Sep 16, 2024
No en el caso del personal docente e investigador perteneciente a los cuerpos docentes universitarios, así como el Profesorado Permanente Laboral y el profesorado colaborador. Para estas figuras, se tomará como referencia su actividad de investigación y transferencia del conocimiento vinculada a los sexenios completos evaluados favorablemente.
En el caso del profesorado ayudante doctor y el personal investigador doctor contratado, sí se podrá someter a evaluación tantos periodos de seis años como considere, para lo que deberá aportar cinco publicaciones para cada uno de los periodos presentados.