Preguntas frecuentes sobre Complementos Autonómicos (ACCUA)


¿Qué criterios se aplican para la evaluación del componente de gestión?

178 consultas   |   Actualizada Sep 19, 2024   

 

Para el componente de gestión se evaluarán únicamente años completos de desempeño en cada uno de los cargos académicos o en cada uno de los órganos colegiados de representación del personal docente e investigador de las Universidades públicas andaluzas. 

Para poder valorar esta componente es necesario que se cumpla alguno de los siguientes requisitos:

  1. Que la persona solicitante obtenga, al menos, tres tramos retributivos de carácter progresivo mediante la convalidación de oficio de las evaluaciones previas efectuadas.
  2. Que la persona solicitante obtenga, al menos, un tramo vinculado con el componente de docencia en la presente convocatoria.
  3. Que la persona solicitante obtenga, al menos, un tramo vinculado con el componente de investigación o de transferencia o intercambio del conocimiento en la presente convocatoria. 

Los cargos que se evalúan se clasifican en dos grupos:

Categorías del Grupo 1:

  • Rectora o Rector
  • Vicerrectoras o Vicerrectores
  • Secretaria o Secretario General
  • Gerente
  • Decanas o Decanos de Facultades
  • Directoras o Directores de Escuela
  • Directoras o Directores de Departamentos

Categorías del Grupo 2:

  • Vicedecanas o Vicedecanos de Facultades
  • Subdirectoras o Subdirectores de Escuela
  • Secretaria o Secretario de Centro
  • Secretaria o Secretario de Departamentos
  • Coordinadores o Coordinadoras de titulaciones
  • Directoras o Directores de Másteres
  • Directoras o Directores de Programas de Doctorado
  • Participación en calidad de miembro en órganos colegiados de representación del personal docente e investigador de las universidades públicas andaluzas, tanto para personal funcionario como laboral, según la normativa de aplicación (por ejemplo, junta de PDI funcionario, comité de empresa de PDI laboral, etc.)(No se evalúa la participación en otro órgano colegiado).

Por cada 3 años completos de desempeño de alguno o algunos de los cargos del Grupo 1 se valoran con 2 puntos.

Por cada 3 años completos de desempeño o de participación en alguno o algunos de los cargos académicos u órganos colegiados de representación de las personas trabajadoras del Grupo 2 se valoran con 1 punto.